jueves, 23 de marzo de 2017

LA SOBERANÍA TERRITORIAL. MODOS DE ADQUISICIÓN 1A PARTE.




Este presente trabajo va diridijo al publico en general y pretende describir la forma de adquirir el territotio originario en el Derecho Internacional Público.  
Conceptos: 
El concepto territorio se toma en sentido amplio, ya que comprende la superficie terrestre, el espacio suprayacente y el espacio marítimo.
El ámbito territorial comprende “los Dominios del Estado”, estos son: el Dominio Terrestre Gral. que a su vez se divide en Dominio Terrestre, Dominio Fluvial y Lacustre, Dominio Marítimo y Aéreo.
El territorio es considerado como una porción de la superficie terrestre en la que un sistema de reglas jurídicas es aplicable y ejecutivo; él representa la esfera de competencia espacial del Estado y el ámbito de validez del ordenamiento estatal. “Soberanía Nacional” Rousseau C.
Sack (1986): “el intento por parte de un individuo o grupo de afectar, influenciar, o controlar personas, fenómenos y relaciones, a través de la delimitación y el establecimiento de un control sobre un área geográfica”. Asimismo el Derecho internacional reconoce la indivisibilidad de los componentes del territorio estatal, para garantizar la integridad territorial y la independencia política de los Estados.  
Orozco Pedro Baltazar Furi (2008): “Es el Poder que tiene el Estado sobre su territorio al imponer con el consenso de la población su voluntad, su fuerza, su capacidad, en la búsqueda de satisfacer sus necesidades”.
Las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional, son las siguientes y su fundamento se encuentra en los artículos 42 al 48 en relación al 27 de la Constitución Mexicana.  
Artículo 42. El territorio nacional comprende:
I. El de las partes integrantes de la Federación;
II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes;
III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el Océano Pacífico;
IV. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes;
V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el Derecho Internacional y las marítimas interiores;
VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional.
Artículo 48. Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.


I. El territorio originario[1] (clásicos y originales) 
1.    Por el concepto de territorio originario se entiende un territorio que un Estado adquirió, sin que el mismo le hubiese pertenecido con anterioridad a otro Estado (descubrimiento). Hoy día sólo sería posible adquirir un territorio originario mediante acrecimiento o aluvión.

Desde el siglo XVI se aceptó la idea de que para la adquisición de nuevos territorio no bastaba el hecho del descubrimiento.
2.    La ocupación, esto es, mediante la posesión de un territorio libre, apenas y sería posible adquirir un territorio de forma originaria.  
·         Ocupación de territorio nullíus - se basa en la posesión efectiva del mismo y en la intención de adquirir sobre él la competencia territorial. Por tanto, hay 2 elementos:
-       Elemento psicológico o animus occupandi, mediante la manifestación expresa por los órganos del Estado ocupante.
-       Elemento material o efectividad de la ocupación. Se manifiesta mediante el ejercicio efectivo de la autoridad del Estado sobre el territorio ocupado ejercida de manera continuada, en forma notoria.

3.    Conquista
1.    “Es la sumisión de un territorio a la soberanía de otro Estado por medio de la fuerza[2], supone la transferencia al vencedor de parte del territorio del Estado vencido al terminar una guerra”.
2.    Requisitos para que se considere título válido de adquisición:
-       Que haya terminado el conflicto armado.
-       Que haya una ocupación efectiva.
Que se dé en el Estado vencedor el animus possidendi (ánimo de poseer)

4.    Accesión - aparición de masas terrestres incorporadas a las ya existentes.
-       De modo artificial por obra del hombre (diques, muelles ....)
-       De modo natural (deltas, islas ....) Aluvión y Avulsión. 
La soberanía se adquiere ipso facto por el Estado soberano del territorio principal, sin necesidad de proclamación.

Conclusión
 A manera de conclusión el territorio son los espacios geográficos donde un estado tiene plena jurisdicción  y sobre todo plena soberanía, asimismo la adquisición del territorio y la soberanía del mismo se da en dos formas (genéricas) la derivada (que se explicara en la siguiente ocasión) y la originaria o clásica , esta se divide en descubrimiento (hoy día casi es imposible de darse), ocupación, conquista (en la actualidad no es necesario que dicha conquista sea de territorio, puede ser por medio de la geopolítica o geoeconómica) y la accesión; esto lo contempla el derecho internacional público en los diferentes instrumentos internacionales y los tratados de fronteras de los estados Nacionales. 




[1] Rojas Amandi, Víctor M., Derecho Internacional Público, UNAM.
[2] Gaviria Liévano, Enrique, Derecho Internacional Público. 

 

10 comentarios:

  1. Lic. Y que le pertenece a nuestro pais aun tenemos territorio aéreo maritimo o ya lo vendieron jajajjajajajjaj

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    1. Según lo establecido en la constitución sí, pero hay que decir que muchos lugares paradiciacos los que poseen el dominio de ellos son privados e incluso extranjeros, claro aun tengan el dominio ellos la jurisdición del Estado Mexicano se mantiene.

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  2. Una de las maneras en las que México perdió gran territorio... Excelente información Lic. saludos.

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    1. Lic. Denis ninguno de estos modos de adquirir el territorio se encuadraría en el caso de México en la próxima entrada veras dicho supuesto, pero te adelanto que entre EUA y México se acordó un Tratado de paz amistad y límites (Tratado de Guadalupe) firmado el 2 de febrero de 1848, pero se debe decir que al quienes dicen que dicho tratado tuvo vicios de origen, esto con motivo de la incursión de las tropas de USA para querer apoderarse de una parte de nuestro territorio que al final fue del que nace dicho tratado.

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  3. La nueva modalidad o la que aún persiste, la geopolítica o la geoeconómica, que practican potencias mundiales, sin necesidad de la violencia física.

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    1. Sí Lic. Ramiro, es una teoría muy validad en nuestra actualidad.

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  4. un tema muy amplio, se necesita analizarlo a fondo; seria interesante analizar lo que dice denis.

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    1. Lic. Pinzón, espero con lo que respondí a la Lic. Denis contenga una parte de un análisis sintético pero profundo al mismo tiempo, gracias por su cometario Lic.

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  5. Buenas noches mi estimado Lic Peralta, siempre es un gusto leer sus publicaciones y esta ocasión no es la excepción pues abordar este tema es demasiado complejo, pero me ha quedado claro sus puntos territorio y soberanía. Vale la pena preguntarnos la realidad de nuestro país. seguiré muy pendiente de sus publicaciones.

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    1. Lic. Lupita en algunas respuestas a los comentarios a este su blog he tratado de comentar la realidad en algunas de sus partes del Estado mexicano, espero en las próximas entradas de este espacio pueda darles más datos de esa realidad.

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