Los ponentes participantes fueron
los siguientes: René Román Salazar, Alfredo Sánchez Castañeda, Violeta Carolina
Parra Reinada, Raúl Calvo Barrera, Virginia López y de moderador David Garay.
El Moderador: David Garay, quien
inició el foro con la siguiente interrogante ¿Creación de una nueva
constitución? Y establece que uno de los miembros del constituyente de
1916-1917, Félix F. Palavicini personaje que influyó en la creación del texto
constitucional. Por otra parte el moderador cede la palabra al primer ponente,
el Dr. René Román Salazar.
Por su parte Román Salazar,
mencionó que no se necesita una nueva constitución.
El tema que comparte y expone es
el siguiente: el cumplimiento de los Derechos sociales para los Guerrerenses en
relación a los deportados.
Inició explicando la contribución tan determinante
de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como el Pacto de
derechos civiles y políticos y pacto de derechos económicos y culturales 1986;
y la Reforma constitucional en materia de Derechos Humanos de nuestra
constitución de junio de 2011. Aseveró que hay capacidad del estado mexicano
para recibir a los exportados por el gobierno de Estados Unidos, pero se
necesita tener en cuenta, a dichos deportados como mano de obra calificada y
aprovecharlos pero en forma planificada.
El investigador del instituto de
investigaciones jurídicas de la UNAM, Alfredo Sánchez Castañeda, realiza y
expone un análisis de la protección a la necesidad de un derecho.
Hace una relación histórica de desarrollo del
derecho. Derechos civiles y políticos del ciudadano. En el siglo XIX Derecho
sociales, con la Revolución mexicana -Revolución Social- no reelección, tierra
y libertad, asimismo Derecho económicos sociales y culturales y los Derechos
sociales clásicos:
Desde la perspectiva del autor de la ponencia en la
actualidad nacen sin que SEDESOL sepa conscientemente la innovación de estos
derechos -derechos sociales de segunda generación en el contexto mexicano,
derecho a la alimentación, etc.- El gobierno federal actual reconocer la
existencia de la informalidad laboral y delinea una esquema de incorporación
formal. El garantizar los derechos sociales no debe ser únicamente a la calidad
de trabajador sino a la calidad de persona.
Mtra. Violeta Carolina Parra
Reinada, al iniciar hace una historia de una vida ordinaria en México. Las
personas en México están acostumbras al asistencialismo social. Hay un
descrédito de las instituciones mexicanas, el papel de los organismos de
defensa de los Derechos Humanos, desde la perspectiva de la ponente se necesita
un mayor difusión y que las autoridades tengan como finalidad garantizar los
derechos humanos y que los derechos humanos se introduzcan hasta en la cultura para
poder así respetarlos y garantizarlos.
Por otra parte el Dr. Raúl Calvo
Barrera, considera que los destinatarios poco conocen su constitución. Las
constitución la conoces los que tienen licenciara y posgrado; y los que menos
ganan y adultos desconocen su contenido. De igual manera se hace una
interrogante ¿Cómo hacer efectivo y justiciable los derecho humanos? La
respuesta que plantea es la siguiente: con el empoderamiento de los ciudadanos
con actitud cívica.
Hace una breve explicación de algunos asuntos y
casos prácticos que muestran cómo se garantizan derecho sociales en el ámbito
nacional e internacional. ¡Jurisdicción epistolar! Título segundo de la
constitución del estado de Guerrero, derechos civiles y políticos. 9 derechos
sociales en dicha constitución.
Propuestas: 1. Crear juzgado de lo social al
interior del poder judicial; 2. Sala de lo social. 3. Defensoría pública como
órgano constitucional autónomo; 4. Atribución al ejecutivo para tener
estadísticas de lo social. Instrumentar difusión de los Derechos sociales y
humanos.
Por último la Magistrada,
Virginia López, habló sobre el Derecho a la tutela judicial efectiva, así como
las garantías individuales en la constitución de 1917. Derecho sociales en la
constitución de 1917, retomó el caso de juicio de amparo de una comunidad en
Guerrero que hizo efectivo por medio de él, el derecho a la salud, ésta
comunidad denominada Mininuma.
Conclusión
Los derecho sociales son la gran
aportación de México y su constituyente de 1916-1917 para el actual
constitucionalismo, pero hoy después de 100 años de dicha aportación,
encontramos poca eficacia de dichos derechos en un México que tiene una
desigualdad muy marcada: en dos polos extremadamente opuestos, por un lado una
minoría que posee una riqueza exorbitante y por la otra una mayoría que son los
que menos tienen, considero que seguimos en un rumbo en el que no basta con
tener la aspiración de ellos (derechos sociales y derechos humanos), hoy más
que nunca necesitamos de acciones de todos los sectores del Estado para reducir
las desigualdades y cumplir lo mandatado en nuestro texto constitucional y de
esa manera tener una aportación ideológica plasmada en la sociedad por la
efectividad misma de dicha aspiración.

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