jueves, 27 de abril de 2017

BREVE DESCRIPCIÓN DE LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO AERONÁUTICO INTERNACIONAL




Esta nueva entrada de su blog, que como siempre va dirigida al público en general. Este trabajo busca describir brevemente la reglamentación de la Aviación Civil Internacional y su evolución histórica, es pues, dicha actividad parte significativa del espacio aéreo de los Estados soberanos y del espacio aéreo internacional.
Después de la primera Guerra mundial -todos sabemos las consecuencias de la misma- se reunieron los países del mundo, o mejor dicho algunos de los que tenían un desarrollo importe, la Convención de París para la reglamentación de la navegación aérea, de 13 de octubre de 1919, participaron las representaciones de veintisiete Estados (Estados Unidos de América, Bélgica, Bolivia, Imperio Británico, Brasil, China, Cuba, Ecuador, Francia, Grecia, Guatemala, Haití, Hedjaz, Honduras, Italia, Japón, Liberia, Nicaragua, Panamá, Perú, Polonia, Portugal, Rumania, Reino de los Servios, Croatas y Eslovenos, Siam, Checoslovaquia, Uruguay), también conocida como la Primera Conferencia Internacional de Derecho Privado Aéreo, en dicha conferencia se sentaron las bases de la reglamentación de lo que hoy conocemos como la Aviación Civil  Internacional, en aquella conferencia se creó la Comisión Internacional de Navegación Aérea, (CINA) cuyas atribuciones fueron:
  • Recibir las proposiciones de cualquier Estado contratante, o hacérselas llegar, para la modificación o enmienda de las disposiciones del Convenio.
  • Enmendar las disposiciones de los Anexos A a G.
  • Centralizar y comunicar a los Estados contratantes las informaciones acerca de la navegación aérea internacional y acerca de la telegrafía sin hilos, meteorología y medicina que puedan interesar a la navegación aérea.
  • Publicación de mapas para la navegación conforme al Anexo F.
  • Resolver las cuestiones que los Estados contratantes sometan a su examen.
Posteriormente se desarrollaron conferencias y convenciones como la convención de Iberoamérica Aérea de 1926, la Segunda Conferencia Internacional de Derecho Privado Aéreo (Varsovia) de 1929 y la Tercera Conferencia Internacional de Derecho Privado Aéreo (Roma) de 1933, las mismas reformaron o modificaron la Convención de París. Hasta aquí podemos observar de manera sucinta del antecedente del Derecho Aeronáutico Internacional.
Un año antes de que finalice la Segunda Guerra Mundial -la misma se dio a finales de abril y principios de mayo de 1945- y con el desarrollo tecnológico y económico de EUA se convoca a la Conferencia Internacional de Aviación Civil en Chicago, el mes de noviembre de 1944, de dicha conferencia surge el Derecho Aeronáutico Internacional (DAI) vigente, el nombre oficial del instrumento de la conferencia de Chicago es: Convenio Sobre Aviación Civil Internacional de 1944.
Entre lo más importante de dicho convenio, se obliga a los Estado contratantes a seguir la reglamentación y estandarizar la actividad aeronáutica internacional, asimismo, se modifica la Comisión Internacional de Navegación Aérea para crear la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), ésta busca brindar la seguridad y controlar el espacio aéreo y los interés de los estados contratantes en relación a la actividad, pero sobre todo el Convenio de Chicago establece la soberanía del espacio aéreo de los Estado contratantes, esto quiere decir que ninguna aeronave puede transitar por el espacio aéreo de una nación, sin la autorización de la mismo, y esto es considerado como el principal logro, debido a que la posición de EUA era la de establecer en dicho convenio el espacio aéreo abierto o de “cielo abierto”, pero como podemos comprobar al analizar el Convenio de Chicago se manifestó en él la voluntad de los países que defendieron la soberanía nacional y limitaron la explotación desmedida del espacio aéreo y con ello aumentar el poder económico de los Estados Unidos de América.

Bibliografía y Webgrafía.
Cabra, M. G. (2012). Tratado de Derecho Internacional Privado. Bogotá, Colombia: Temis.
Huerta, G. R. (2015). La Incorporación y Aplicación del Derecho Internacional en el Orden Jurídico Mexicano . México: Tirant Lo Blanch.
http://www.icao.int/about-icao/AirNavigationCommission/Pages/ES/default_ES.aspx

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